Financiación en la farmacia: ¿renting o leasing? - mundofarmaceutico
Farmaeconomía
Financiación en la farmacia: ¿renting o leasing?
Renovar el equipamiento de la farmacia requiere valorar fórmulas de financiación que respondan a las necesidades del establecimiento y analizar su impacto fiscal.
Escrito porRedacción MF
Publicado: 24 August 2026
Modernizar una farmacia implica incorporar nuevos equipos y tecnologías, pero también elegir la fórmula de financiación más adecuada para cada inversión. La renovación tecnológica y la incorporación de nuevos recursos hacen que muchas oficinas de farmacia valoren alternativas como el renting y el leasing.
Renting: cuando la prioridad es mantener los equipos siempre al día
El renting es un contrato de alquiler a medio o largo plazo, normalmente de entre 24 y 60 meses. Durante ese tiempo, la farmacia paga una cuota periódica por utilizar el bien, sin asumir su propiedad.
Una de sus principales ventajas es que esa cuota suele incluir servicios como el mantenimiento, el seguro, los impuestos o la asistencia. Al finalizar el contrato, la farmacia puede devolver el bien, renovar el contrato, puede ejercerse la opción de compra abonando el valor residual pactado o sustituirlo por otro más actualizado.
Es una opción que suele emplearse en activos con ciclos de renovación cortos, como los equipos informáticos, donde la renovación tecnológica suele ser más frecuente. Esta modalidad resulta especialmente útil cuando se quiere evitar asumir el riesgo de obsolescencia o de pérdida de valor residual del activo.
Leasing: la opción para quienes buscan invertir en propiedad
El leasing es un arrendamiento financiero diseñado para utilizar un activo durante un plazo determinado con opción de compra al finalizar el contrato. Está regulado por el artículo 106 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que establece plazos mínimos de dos años para bienes muebles.
Se utiliza principalmente para financiar maquinaria, instalaciones o equipamiento (robots, cruces…) que la farmacia prevé mantener durante un periodo prolongado. Al término del contrato, puede ejercerse la opción de compra abonando el valor residual pactado. Si se ejerce esa opción, el activo pasa a ser propiedad de la farmacia. Desde el punto de vista contable, el bien se incorpora al balance y la financiación se registra como deuda, de forma similar a un préstamo bancario.
El impacto fiscal en la decisión
Más allá del uso que vaya a darse al activo, el tratamiento fiscal puede inclinar la balanza hacia una u otra alternativa.
En el renting, las cuotas pueden deducirse como gasto, siempre que el bien esté afecto a la actividad. Esto facilita la planificación de los gastos y aporta una mayor previsibilidad a la tesorería.
En el leasing, una parte de la cuota puede deducirse fiscalmente como si fuera una amortización del bien, con ciertos límites establecidos por la normativa. En el caso de las pequeñas empresas, estos límites pueden ser algo más favorables si se cumplen determinados requisitos. En la práctica, esto permite repartir la deducción fiscal de forma más rápida al inicio del contrato, lo que ayuda a mejorar la planificación de la tesorería en los primeros años.
Contar con asesoramiento especializado puede facilitar la elección de la opción más adecuada según la inversión y las necesidades de la farmacia. En este sentido, la Sección de Crédito de Cofares a través de sus Entidades Bancarias Colaboradoras, ofrece a sus socios soluciones de financiación como el renting y el leasing, con condiciones diseñadas para apoyar las inversiones y mejorar la gestión económica.
En definitiva, el renting suele ser la mejor opción para activos que requieren una renovación periódica, mientras que el leasing encaja mejor cuando la farmacia prevé conservar el bien a largo plazo. Analizar el uso previsto del activo y su impacto económico y fiscal permitirá tomar la decisión más adecuada.