Atrás Nueva orden de precios de referencia: un impacto de 57 millones de euros en la oficina de farmacia

Nueva orden de precios de referencia: un impacto de 57 millones de euros en la oficina de farmacia

La nueva orden revisa los precios de 17.671 presentaciones de medicamentos, de las cuales 13.994 son dispensables en oficina de farmacia.

Nueva orden de precios de referencia: un impacto de 57 millones de euros en la oficina de farmacia

Escrito porRedacción MF

Publicado: 08 noviembre 2023

Vuelven a bajar los precios de medicamentos dispensados en farmacia y el impacto de la bajada es superior al del año pasado, situándose en 57 millones de euros. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 1 de noviembre la Orden del Ministerio de Sanidad SND/1186/2023, por la que se procede a la actualización en 2023 del sistema de precios de referencia de los medicamentos en el Sistema Nacional de Salud (SNS). 

Según Sanidad, la nueva Orden de Precios de Referencia producirá un ahorro para el SNS estimado de 57,13 millones de euros en medicamentos dispensados en oficinas de farmacia. El impacto de la orden de precios de referencia es mayor para la farmacia este año, pues la orden de precios del año pasado, estimó el ahorro para el sistema fruto de la bajada de precios en 41,75 millones, al revisarse los precios de 13.552 presentaciones dispensables en farmacia. Es decir, el impacto es superior porque se han revisado más presentaciones este año.

La nueva Orden crea 16 nuevos conjuntos de presentaciones de medicamentos que se dispensan en oficinas de farmacia. También revisa los precios de referencia de los conjuntos ya existentes y que corresponden a 444 de medicamentos dispensables en oficinas de farmacia. 

La última actualización se produjo el año pasado por la Orden SND/1147/2022, de 23 de noviembre. A través de la nueva Orden, se procede a la actualización anual, con la determinación de los nuevos conjuntos y sus precios de referencia, de la revisión de los precios de referencia fijados anteriormente y de la supresión de los conjuntos que hayan dejado de cumplir los requisitos exigidos para su establecimiento.

Mecanismos excepcionales a la regla general de cálculo para mantener la prestación

El precio de referencia se calcula en base al menor coste por tratamiento y día de las presentaciones incluidas en cada uno. Para garantizar el abastecimiento de determinados medicamentos y su permanencia en la prestación farmacéutica del SNS, se han articulado mecanismos excepcionales a la regla general de cálculo.

El Precio de Referencia Ponderado se aplica a las presentaciones con dosificaciones especiales, enfermedades graves o cuyos precios han sido revisados en los últimos dos años por falta de rentabilidad por la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.

Por su parte, el Precio de Referencia Mínimo de cada presentación se ha fijado en 1,60 euros.

Por último, la No Revisión de Precios de Medicamentos se ha aplicado a medicamentos considerados esenciales por la Organización Mundial de la Salud (OMS) porque cubren necesidades sanitarias prioritarias de la población y deben estar disponibles en todo momento. Esta medida afecta a 30 conjuntos de referencia y, en concreto, a 361 presentaciones.

Los plazos de aplicación de los precios serán los siguientes:

  1. Los laboratorios suministrarán los medicamentos a su nuevo precio industrial de referencia, a partir del día siguiente de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del Estado.
  2. Los distribuidores mantendrán el precio de venta del distribuidor anterior a esta reducción durante un plazo de veinte días naturales.
  3. Las oficinas de farmacia dispensarán al precio de venta al público anterior a esta reducción hasta el último día del primer mes siguiente a la fecha de aplicación de la Orden, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2023.
  4. Se liquidarán con los nuevos precios las facturaciones de recetas oficiales al Sistema Nacional de Salud, incluidas las correspondientes a las Mutualidades de funcionarios, cerradas a partir del 1 de enero de 2024.