Estos son los tres tipos de IVA que hay en las farmacias comunitarias

Estos son los tres tipos de IVA que hay en las farmacias comunitarias

El impuesto superreducido del 4% se aplica a los medicamentos de uso humano, mientras que los productos sanitarios tributan al 10% y los de parafarmacia, al 21%. 

Estos son los tres tipos de IVA que hay en las farmacias comunitarias

Escrito porRedacción MF

Publicado: 19 novembre 2024

Actualmente, la Agencia Tributaria aplica tres tipos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a los productos de farmacia y sanitarios. Los medicamentos de uso humano bajo prescripción mantienen el IVA superreducido del 4%, debido a su consideración como bienes de primera necesidad, una medida que ha sido clave para reducir el gasto de los consumidores y facilitar el acceso a tratamientos esenciales.  

En las boticas existen también otros productos sanitarios no prescritos, como ciertos equipos de protección personal o productos de cuidado de la salud, que están sujetos a un IVA reducido del 10%, mientras que otros productos no considerados esenciales, como los de parafarmacia, permanecen bajo el tipo general del 21%. 

Esta estructura contrasta con las prácticas de varios países europeos, como Italia o Francia, que aplican tipos de IVA aún más bajos para productos sanitarios esenciales. De hecho, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea (ECOFIN) ya impulsó a finales de 2021 una reforma de la directiva europea del IVA. Lo hizo para flexibilizar el margen de los gobiernos nacionales a la hora de fijar tipos impositivos reducidos y cero a ciertos productos o servicios que, bajo criterio de cada gobierno, se considerasen esenciales para la población. Todo ello sin tener que pasar primero por el visto bueno de la UE.  

Previsiblemente, y a falta de anuncios oficiales, los gravámenes aplicados a estos productos presentes en la oficina de farmacia seguirán en 2025 tal y como han estado a lo largo de este 2024.  

Casos excepcionales 

Durante la pandemia de Covid-19, el Gobierno español implementó una serie de medidas fiscales que incluían la reducción del IVA para productos sanitarios básicos al 0%, con el fin de mejorar la accesibilidad y aliviar la carga económica tanto en el sector sanitario como en los consumidores. Esta medida temporal afectó a productos esenciales como mascarillas, geles desinfectantes y equipos de protección. 

Por último, a este hecho hay que añadir la medida tomada a nivel autonómico por el Gobierno de Canarias de dejar en el 0% de su particular IVA, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) para determinados productos sanitarios. Es la primera región que lo establece en nuestro país.