Atrás Las seis fechas para marcar en rojo: cuándo se puede ajustar la cuota a la Seguridad Social desde la farmacia

Las seis fechas para marcar en rojo: cuándo se puede ajustar la cuota a la Seguridad Social desde la farmacia

El nuevo sistema de cotización de autónomos ha despegado, pero existe un periodo transitorio para ajustar la cuota hasta 2023. Estas son las fechas que debes tener en cuenta.

Las fechas que debes apuntarte en el calendario

Escrito porRedacción MF

Publicado: 28 febrero 2023

El nuevo sistema de cotización de autónomos, aprobado por el RDL 13/2022, ha comenzado a desplegar sus efectos y los farmacéuticos tendrán que estar pendientes para conocer este sistema, ya que será en este año cuando puedan establecer su base de cotización y, por tanto, la cuota correspondiente en base a los rendimientos reales obtenidos.

Durante 2023 la norma permitirá que gradualmente los profesionales puedan actualizar su cuota conforme a los rendimientos netos hasta en seis momentos del año: 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero del año siguiente. Una vez establecida la cuota, será al final del ejercicio fiscal cuando se regularicen las cotizaciones. En este momento, habrá dos opciones, bien la solicitud de devolución de cuotas – si se ha cotizado por más – o bien la reclamación por parte de la Administración – si el rendimiento neto se declaró por debajo de lo que se ha obtenido finalmente y se cotizó de menos–.

El pasado 1 de enero de 2023 entró en vigor el Real Decreto – ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad. La norma establece un periodo transitorio hasta 2032, momento en el que está previsto que se establezca como definitivo un sistema de cotizaciones por los ingresos reales percibidos. En una primera fase de tres años, entre 2023 y 2025, el sistema establece una serie de tramos con bases de cotización y cuotas para que los autónomos elijan la cuota que les corresponde en función de sus rendimientos.
 

El trabajador autónomo debe seleccionar entre 15 tramos la base de cotización


El trabajador autónomo, en función de la previsión de los rendimientos, debe seleccionar, de entre 15 tramos, la base de cotización sobre la que se calcularán las cuotas a ingresar mes a mes. Posteriormente, la Tesorería General de la Seguridad Social regularizará anualmente la cotización, previa información por parte de la Administración Tributaria de los rendimientos netos computables. Ésta ha sido una de las principales conclusiones del webinar sobre la nueva ley de autónomos y su impacto en las oficinas de farmacia organizado por Educo + Health Academy e impartido por Umbra Abogados, asesoría especializada en oficinas de farmacia.

De esta forma, el sistema es flexible, “porque pueden ajustarse las bases y cuotas si los ingresos sufren variaciones durante el año” y es gradual hasta 2032, momento en el que será definitivo. Lo habitual es que los rendimientos netos se comuniquen a través del sistema Red, por lo que se aconseja que se informe por parte de cada profesional al asesor. Una vez que se activa el alta en el sistema hay que comunicar los datos que requiera.