Renta 2025: plazos, novedades y puntos clave para farmacias
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Farmaeconomía
Renta 2025: plazos, novedades y puntos clave para farmacias
La declaración de la Renta y Patrimonio 2025 incorpora novedades relevantes en plazos, medios de presentación y control de la información fiscal.
Escrito porRedacción MF
Publicado: 23 febrero 2026
Millones de trabajadores deben presentar cada año la declaración de la Renta para cumplir sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y reflejar los rendimientos que obtuvieron por su trabajo durante el ejercicio anterior.
Existen unos requisitos que determinan de manera concreta quiénes están obligados a realizar este trámite y quiénes pueden no hacerlo.
Personas obligadas
En esta ocasión, deberán presentar la declaración correspondiente a la campaña de Renta y Patrimonio 2025:
- Los trabajadores que perciban más de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador.
- Quienes reciban por rendimientos íntegros de su trabajo más de 15.876 euros brutos anuales de dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo y los restantes pagadores supere los 2.500 euros anuales, un límite que se elevó desde los 1.500 euros previos a partir de 1 de enero de 2025.
En una farmacia comunitaria los propietarios tributan como actividad económica, situación que implica obligaciones y comprobaciones específicas en la campaña de la Renta, mientras que los trabajadores declaran fundamentalmente rendimientos del trabajo.
Plazos importantes
Las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2025 se podrán presentar durante la campaña que se desarrolla este año, desde el 8 de abril hasta el 30 de junio. Si el resultado es a ingresar mediante domiciliación bancaria, el plazo de presentación terminará el 25 de junio.
Las autoridades españolas han fijado diferentes alternativas en función de cómo deseen realizar este trámite los contribuyentes.
Durante los primeros días, los contribuyentes sólo podrán presentar su declaración por Internet, mediante Renta Web o la aplicación móvil de la Hacienda, una opción de digitalización cada vez más popular.
A partir del 6 de mayo, comenzará a funcionar la opción de presentar la declaración por teléfono mediante cita previa, que se podrá solicitar entre el 29 de abril y el 29 de junio.
Finalmente, la atención presencial empezará el 1 de junio y las citas previas se podrán gestionar desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio.
Más control de transacciones
La Agencia Tributaria ha suprimido el umbral de 3.000 euros establecido para que las entidades financieras informen sobre más movimientos relacionados con los cobros con tarjeta.
Esto significa que dispondrá de información sobre un volumen mayor de transacciones entre profesionales, incluidas muchas de las operaciones habituales del sector. No se trata de un nuevo trámite para el contribuyente, pero puede influir en el contenido de su declaración.
En el caso de las farmacias comunitarias, el hecho de que la AEAT tenga más información sobre su actividad refuerza la importancia de revisar con detalle los datos fiscales precargados.
Los ingresos por ventas, cobros con tarjeta y movimientos bancarios comunicados por terceros pueden aparecer reflejados en el borrador y conviene comprobar su corrección antes de confirmar la declaración.
Otras novedades
La Agencia Tributaria ofrece el nuevo servicio Renta Directa, para que los contribuyentes presenten declaraciones de forma instantánea si son sencillas y no necesitan modificar los datos fiscales que ofrece ese organismo oficial.
Asimismo, este año la AEAT ha ampliado la posibilidad de pagar mediante Bizum o tarjeta bancaria de cualquier entidad, sin importar el canal de presentación.