Atrás Normativa vigente para la correcta señalización en la fachada de la farmacia

Normativa vigente para la correcta señalización en la fachada de la farmacia

El diseño de la farmacia comunitaria está regulado por leyes de diferentes ámbitos y ratificada por jurisprudencia.

Normativa vigente para la correcta señalización en la fachada de la farmacia

Escrito porRedacción MF

Publicado: 31 octubre 2025

La fachada de la farmacia comunitaria es una extensión del servicio sanitario público que ofrece. Debido a esta importancia, su diseño y señalización están regulados por distintas leyes europeas, nacionales, autonómicas y locales, con la intención de equilibrar visibilidad, cumplimiento normativo y respeto urbanístico.

La Directiva 2011/65/UE de la Unión Europea no reglamenta directamente la señalización farmacéutica, pero sí fija límites al uso de sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos, lo que afecta directamente a las cruces luminosas y otros rótulos de la farmacia con iluminación integrada.

En el ámbito nacional, normas que regulan los precios o protegen el bienestar animal establecen aspectos de la información de la farmacia visible al público, incluida la publicidad sanitaria. En el ámbito autonómico, las comunidades autónomas desarrollan estos principios.

Conocer la regulación es la mejor garantía para evitar sanciones administrativas y preservar la imagen profesional de la farmacia

Por ejemplo, la Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid establece las bases generales sobre identificación de la farmacia, horarios y servicios al público. Aunque en las farmacias españolas la cruz suele ser verde, en Cataluña la normativa indica que debe ser preferentemente roja.

Finalmente, cada ayuntamiento regula el tamaño, la luminosidad y la ubicación de la cruz y los rótulos. En el caso de la Ordenanza de Publicidad Exterior de Madrid o las Ordenanzas de Paisaje Urbano de Barcelona limitan la intensidad lumínica y regulan la instalación de elementos visibles desde la vía pública.

Señalización necesaria

La fachada del local debe incluir la identificación del titular de la farmacia, que se puede mostrar mediante tres opciones: una placa metálica, un vinilo o con letras serigrafiadas.

Es obligatorio exhibir los carteles de ‘Prohibido fumar’ y los precios en los productos de parafarmacia expuestos. En cambio, el cartel de ‘Prohibido perros’ solo es exigible si así lo ordena la normativa municipal o lo decide el responsable de la farmacia.

Opciones y recomendaciones

La señalización opcional, como pantallas informativas o una segunda cruz verde, depende de la regulación autonómica.

En mayo de 2023, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmó que la competencia sobre la instalación de una segunda cruz corresponde a las comunidades autónomas, no al Estado ni a los ayuntamientos.

En la práctica, es recomendable consultar las ordenanzas vigentes y solicitar la licencia urbanística pertinente antes de modificar cualquier elemento de la fachada. También es aconsejable mantener visible la documentación de la licencia y asegurarse de que la cruz cumple las normas europeas de eficiencia y seguridad.