Permiso por hospitalización de un familiar: qué debe comunicar el trabajador de farmacia y cómo tramitarlo
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Farmaeconomía
Permiso por hospitalización de un familiar: qué debe comunicar el trabajador de farmacia y cómo tramitarlo
Las ausencias laborales por enfermedad de familiares que se avisan y justifican están reconocidas como una licencia retribuida.
Escrito porRedacción MF
Publicado: 20 marzo 2026
Cualquier trabajador tiene derecho a ausentarse con derecho a remuneración cuando alguno de sus familiares directos (padres, hijos, cónyuge o pareja de hecho) se encuentra hospitalizado, siempre que concurran los requisitos legales correspondientes y comunique la situación de manera debida a su empresa.
Este derecho laboral, regulado en el Artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores, contempla que el empleado se puede tomar hasta cinco días retribuidos en función de la distancia a la que se encuentre el domicilio y el centro hospitalario.
Quienes trabajan en una oficina de farmacia tienen derecho a este permiso tanto por la legislación vigente como por lo que estipula su convenio colectivo.
Convenio colectivo
El convenio colectivo de oficinas de farmacia detalla los requisitos de los permisos por hospitalización de un familiar. Según lo que recoge, los trabajadores poseen cinco días naturales en el caso de que su cónyuge o alguno de sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad sufra un accidente o enfermedad grave, requiera hospitalización o necesite una intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.
Si la relación es de segundo grado de afinidad, serán tres días naturales prorrogables. En el caso de que no se produzca esa prórroga, el personal tendrá derecho a ausentarse de su puesto de trabajo por el tiempo necesario, pero sin recibir retribución.
Si existe alguna duda sobre la gravedad de la enfermedad que tenga la persona afectada, se podrá establecer posteriormente mediante cualquier prueba admitida en derecho.
Justificar el permiso
La acreditación del permiso por hospitalización de un familiar se realiza aportando la documentación que indique su situación médica, así como el vínculo de parentesco con el afectado, mediante documentos como el libro de familia o un certificado de registro civil.
Como el Estatuto de los Trabajadores no especifica la forma en que hay que certificar la relación entre el trabajador y el afectado, los responsables de la oficina de farmacia pueden solicitar cualquier documento oficial que permita verificar de manera razonable la causa del permiso del empleado.
Algunos documentos que sirven para acreditar la situación son los informes de ingreso y alta hospitalarias, los partes médicos de reposo domiciliario o de baja médica del familiar, los certificados médicos (conviene filtrar cualquier información sensibles, como la descripción de las patologías) y, si se estima oportuno, declaraciones responsables que complemente esta u otra documentación.
Recomendaciones
Es recomendable que el empleado comunique lo antes posible a la farmacia su necesidad de ausentarse y que entregue la documentación pertinente en el marco que establezca el convenio que le atañe y respetando la propia política interna de su centro de trabajo.
Esta es la mejor manera de garantizar la tramitación correcta del permiso por hospitalización de su familiar y de evitar incidencias administrativas u organizativas.