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Consejos para reducir en la farmacia el pago del IRPF de 2023: las actividades económicas

Para la declaración de la renta de 2023 es importante prestar atención a las actividades económicas, al importe de la base imponible o a las pérdidas y ganancias. Todo ello permitirá rebajar el importe de la declaración.

Consejos para reducir en la farmacia el pago del IRPF de 2023: las actividades económicas

Escrito porRedacción MF

Publicado: 04 diciembre 2023

Los farmacéuticos están a tiempo de tener en cuenta un amplio abanico de consejos que les puede reducir el importe del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de este ejercicio, 2023, no solo en lo que se refiere a las deducciones fiscales. A pocas semanas de que finalice el año, este es el momento más adecuado para analizar las reducciones de la base imponible, los rendimientos de actividades económicas o las pérdidas y ganancias patrimoniales. Además, también hay que tener en cuenta las rentas exentas, que no tributan. Tales aspectos pueden tener impacto en la declaración. Así lo explica un reciente informe publicado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).

Las reducciones fiscales en la base imponible y en los rendimientos de actividades económicas o en las pérdidas y ganancias patrimoniales también son una parte importante para tener en cuenta en el cálculo de la declaración de la renta y optimizar el resultado final. 

  • Las reducciones de la base imponible: las aportaciones a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social ofrecen ventajas fiscales, ya que las cantidades aportadas durante el ejercicio reducen la base imponible, siendo con carácter general el límite máximo de la reducción la menor de las siguientes cantidades: o bien 1.500 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos durante el ejercicio. También reducen la base imponible las primas satisfechas a seguros de dependencia (máximo, 2.000 euros anuales) y las aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad (máximo, 10.000 euros anuales; y, si son varios los aportantes, existe un límite conjunto de 24.250 euros).
  • En los rendimientos de actividades económicas, existen varias reducciones para el ejercicio 2023: las reducciones para los empresarios o profesionales que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa normal, aquellos farmacéuticos cuya cifra de negocios sea superior a 600.000 euros o renuncien al método simplificado, son las siguientes: cuando el rendimiento neto de la actividad económica es igual o inferior a 14.047,50 euros, la cuantía de la reducción será de 6.498 euros anuales, y cuando el rendimiento neto de la actividad económica esté comprendido entre 14.047,50 y 19.747,50 euros, la cuantía será de 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 euros anuales. En caso de determinar el rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada, aquellos farmacéuticos con facturación menor o igual a 600.000 euros, el porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación será del 7% sin que pueda exceder de los 2.000 euros.
  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales pueden compensarse, ya que en primer lugar las ganancias patrimoniales deben incluirse en la base imponible del ahorro y tributar conforme a su escala, pero el contribuyente puede reducirse este coste fiscal si se tuviesen saldos negativos pendientes de compensar procedentes de transmisiones de ejercicios anteriores, ya que la ley admite su compensación en los cuatro ejercicios siguientes al de su generación.
  • Los rendimientos del capital inmobiliario: en los ingresos por alquileres de vivienda con carácter permanente (no alquiler vacacional), se podrán deducir los intereses y gastos de financiación, los gastos de reparación y conservación del inmueble, comunidad, seguro, tasa de basuras, servicios de abogados y asesores, suministros (si no los paga el inquilino), IBI y la amortización o saldos de dudoso cobro. Por ello, es el momento de hacer reparaciones antes de que finalice el año.
  • Las rentas exentas son las que no tributan: en este apartado hay que tener en cuenta los vales de comida, que están exentos de tributación hasta 11 euros día; los trabajos realizados en el extranjero hasta el límite de 60.000 euros anuales; la indemnización por despido con el límite de 180.000 euros; los beneficios aplicables a mayores de 65 años como es la exención de la plusvalía generada por la transmisión de la vivienda habitual o la ganancia patrimonial obtenida por la transmisión de elementos patrimoniales si el importe se reinvierte en una renta vitalicia y, por último, la exención por reinversión en vivienda habitual.