Atrás Estos son los tres tipos de IVA que hay en las farmacias comunitarias

Estos son los tres tipos de IVA que hay en las farmacias comunitarias

El impuesto superreducido del 4% se aplica a los medicamentos de uso humano, mientras que los productos sanitarios tributan al 10% y los de parafarmacia, al 21%. 

Estos son los tres tipos de IVA que hay en las farmacias comunitarias

Escrito porRedacción MF

Publicado: 19 noviembre 2024

Actualmente, la Agencia Tributaria aplica tres tipos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a los productos de farmacia y sanitarios. Los medicamentos de uso humano bajo prescripción mantienen el IVA superreducido del 4%, debido a su consideración como bienes de primera necesidad, una medida que ha sido clave para reducir el gasto de los consumidores y facilitar el acceso a tratamientos esenciales.  

En las boticas existen también otros productos sanitarios no prescritos, como ciertos equipos de protección personal o productos de cuidado de la salud, que están sujetos a un IVA reducido del 10%, mientras que otros productos no considerados esenciales, como los de parafarmacia, permanecen bajo el tipo general del 21%. 

Esta estructura contrasta con las prácticas de varios países europeos, como Italia o Francia, que aplican tipos de IVA aún más bajos para productos sanitarios esenciales. De hecho, el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea (ECOFIN) ya impulsó a finales de 2021 una reforma de la directiva europea del IVA. Lo hizo para flexibilizar el margen de los gobiernos nacionales a la hora de fijar tipos impositivos reducidos y cero a ciertos productos o servicios que, bajo criterio de cada gobierno, se considerasen esenciales para la población. Todo ello sin tener que pasar primero por el visto bueno de la UE.  

Previsiblemente, y a falta de anuncios oficiales, los gravámenes aplicados a estos productos presentes en la oficina de farmacia seguirán en 2025 tal y como han estado a lo largo de este 2024.  

Casos excepcionales 

Durante la pandemia de Covid-19, el Gobierno español implementó una serie de medidas fiscales que incluían la reducción del IVA para productos sanitarios básicos al 0%, con el fin de mejorar la accesibilidad y aliviar la carga económica tanto en el sector sanitario como en los consumidores. Esta medida temporal afectó a productos esenciales como mascarillas, geles desinfectantes y equipos de protección. 

Por último, a este hecho hay que añadir la medida tomada a nivel autonómico por el Gobierno de Canarias de dejar en el 0% de su particular IVA, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) para determinados productos sanitarios. Es la primera región que lo establece en nuestro país.