Atrás ¿Qué impuestos afectan a tu farmacia?: Ocho CCAA bajan el IRPF y seis esquivan el Impuesto de Patrimonio

¿Qué impuestos afectan a tu farmacia?: Ocho CCAA bajan el IRPF y seis esquivan el Impuesto de Patrimonio

En la recta final para el inicio de la Campaña de la Renta, los impuestos en las autonomías alertan a las farmacias para los ejercicios 2022 y 2023

¿Qué impuestos afectan a tu farmacia?: Ocho CCAA bajan el IRPF y seis esquivan el Impuesto de Patrimonio

Escrito porRedacción MF

Publicado: 23 marzo 2023

Cuando está a punto de comenzar la campaña para la declaración de la Renta del ejercicio 2022, la figura tributaria con mayor impacto en el bolsillo de todos los ciudadanos, es un buen momento para conocer la vertiente fiscal que tienen las autonomías, no sólo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sino en el resto de los impuestos, ya que la actividad profesional y mercantil de las oficinas de farmacia se ve afectada por toda la fiscalidad vigente en nuestro sistema tributario.

El estudio elaborado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) – órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas de España – denominado Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2023, recoge el desarrollo normativo de cada Comunidad Autónoma, respecto al IRPF, Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, resaltando las novedades introducidas para 2022, así como las aprobadas para 2023.

Las principales novedades para 2023 son las siguientes:

  • En el IRPF rebajan sus tarifas Andalucía, Aragón – baja el tipo inferior y sube el máximo –, Canarias, Castilla y León, Galicia, Madrid, Región de Murcia y la Comunidad Valenciana, además con efectos ya para la próxima campaña.
  • En el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), la bonificación, ya para 2022, alcanza el 100% en Andalucía y del 50% en Galicia, si bien los contribuyentes con patrimonios superiores a 3.700.000 euros tendrán que pagar al Estado -por el Impuesto a las Grandes Fortunas-, el importe que se ahorran de pagar en esas Comunidades por IP (esto sucede también en Madrid). También es novedosa la modificación de la tarifa de Cataluña, Comunidad Valenciana y Navarra, y la aplicación de un mínimo exento de 3.700.000 en la Región de Murcia.
  • En Sucesiones y Donaciones, se rebajan en Extremadura las donaciones a parientes cercanos hasta 300.000 euros de base.
  • En Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Islas Baleares y la Comunidad Valenciana elevan los tipos de gravamen para las transmisiones de inmuebles con valores superiores a 1.000.000 de euros.

El estudio del REAF destaca una tendencia en el IRPF en el sentido de que “las principales diferencias se producen por la regulación de las tarifas – advirtiéndose cierta tendencia a rebajarlas – sobre todo en 2022, porque buena parte de las  autonomías han optado por la deflactación (siete) o por rebajar los tipos (Aragón que rebaja el mínimo y sube el máximo) y algunas han actualizado los mínimos personales y familiares”.

En concreto, han deflactado la tarifa Andalucía, Canarias, Castilla y León, Galicia, Madrid, Región de Murcia y Comunidad Valenciana; ha rebajado la tarifa Aragón y han deflactado los mínimos Andalucía, Galicia, Madrid y Comunidad Valenciana.

El término “deflactar” significa, de forma general, corregir los tramos impositivos o las tarifas para eliminar el efecto de la subida de los precios y salarios por la inflación en la economía. De esta forma, el contribuyente no sufre o se atenúa el impacto recaudatorio. Por ejemplo, subiendo el mínimo exento, elevando el límite de un tramo, bajando el tipo mínimo aplicable o aumentando una reducción.

Por otro lado, el REAF explica que en el IRPF “se regulan muchos beneficios fiscales, con coste recaudatorio limitado, para favorecer la natalidad, ayudar a contribuyentes que tienen que atender situaciones especiales de discapacidad, intentar paliar la despoblación rural o para favorecer comportamientos positivos para el medio ambiente, aunque, normalmente, solo se los pueden aplicar las rentas medias – bajas”.

Relacionado con este mismo impuesto, el estudio destaca que “las tarifas del IRPF de las autonomías se apartan de la tarifa estatal (9,5 a 24,5%)”. En concreto, de las autonomías de régimen común, seis tienen el mismo tipo mínimo que la estatal, seis lo han fijado por debajo y, para las tres restantes, es superior. Por lo que se refiere al marginal máximo, en seis comunidades es inferior al estatal y en nueve, superior.

En el Impuesto de Sucesiones, el REAF resalta que “son diez las comunidades que regulan los mismos tipos de gravamen que los de la tarifa estatal (7,65 a 34%)”. En la mayoría, prácticamente no se paga cuando los sucesores son familiares cercanos – en los territorios forales del País Vasco y en Andalucía, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia –, en el resto prácticamente no se paga cuando cada heredero no tiene una base superior a cierta cantidad que, como poco, es de 300.00 euros. En Canarias y Madrid se alivia la tributación también a los familiares del denominado grupo III, es decir, a hermanos, tíos y sobrinos.