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¿Qué contempla la nueva ley de equidad?

La normativa propone renovar y extender las competencias del Sistema Nacional de Salud para que sea un modelo sanitario más robusto, flexible y resiliente.

Política farma. ¿Qué contempla la nueva ley de equidad?

Escrito porRedacción MF

Publicado: 05 septiembre 2022

Los grandes retos de la salud, sobre todo tras la pandemia de la COVID-19, requieren un cambio en la normativa actual que ayuden a fortalecer el Sistema Nacional de Salud. 

Por ello, el pasado 14 de junio el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley para consolidar la equidad, la universalidad y la cohesión del Sistema Nacional de Salud. Un reglamento que plantea modificar ciertas normas con el objetivo de renovar y ampliar las capacidades del SNS para que sea un modelo sanitario más robusto, flexible y resiliente.

De hecho, el Proyecto de Ley se basa en cinco reformas y seis inversiones que suponen una verdadera transformación para la salud pública en España. Éstas son:

Reformas

  1. Fortalecimiento de la Atención primaria y comunitaria
  2. Reforma del Sistema de Salud Pública
  3. Consolidación de la cohesión, la equidad y la universalidad
  4. Refuerzo de las capacidades profesionales y reducción de la temporalidad
  5. Reforma de la regulación de medicamentos y productos sanitarios y mejora del acceso a medicamentos

Inversiones

  1. Plan de inversión en equipos de alta tecnología 
  2. Acciones para reforzar la prevención y promoción de la salud
  3. Aumento de capacidades de respuesta ante crisis sanitarias
  4. Formación de profesionales sanitarios y recursos para compartir conocimiento
  5. Plan para la racionalización del consumo de productos farmacéuticos y fomento de la sostenibilidad
  6. Data lake sanitario; repositorios centralizados de datos en bruto que buscan mejorar la capacidad de prevenir, diagnosticar y tratar los problemas de salud

Tanto las reformas como las inversiones comparten unos propósitos muy claros que se resumen en avanzar hacia una cultura social que sitúe la salud en el centro de todas las políticas; que se minimicen las desigualdades en torno al acceso a la salud; y que se refuerce la cooperación entre las diferentes estructuras para abordar de forma global las necesidades de la población en el ámbito sanitario. Es decir, tratar la salud desde una perspectiva interdisciplinar: demográfica, social, económica, tecnológica…

Principales puntos para tener en cuenta

Esta ley modifica diferentes preceptos de importantes normativas sanitarias como la Ley 14/1986 General de Sanidad, la Ley 16/2003 de cohesión y calidad del SNS; o el Real Decreto-legislativo 1/2015 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. 

La finalidad del Gobierno es extender la universalidad del SNS, garantizar la equidad y evitar copagos, además de dificultar el uso de formas de gestión indirecta de la sanidad pública. Solo cuando no sea posible la prestación directa de forma excepcional y justificada se permitirá la externalización de la gestión.

Otra de las modificaciones relevantes se refiere a la Ley de Cohesión y Calidad. La nueva normativa unificará las diferentes carteras creadas por el Real Decreto-ley 16/2012 y únicamente dejará la cartera común de servicios. Según el Gobierno, “también se clarifica la inclusión y pertenencia a la cartera común de servicios del SNS de las prestaciones que mejoran la salud desde una perspectiva poblacional, es decir, las prestaciones de salud pública”. 

Además, el nuevo estatuto define las situaciones en las que los extranjeros o los españoles residentes en otros países tendrán derecho a asistencia sanitaria y “garantiza que no se puedan introducir nuevos copagos sanitarios”.

En este sentido, la modificación de la norma también asegura que la financiación de prestación ortoprotésica del SNS no sea superior a la actual y define aquellos colectivos excluidos de aportación en la prestación ortoprotésica y farmacéutica: personas con rentas bajas así como menores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.